


Como era de esperar ,recurrieron la sentencia del juzgado social 8 de Sevilla,por lo tanto la resolución del Recurso de Suplicación interpuesto por la empresa PROSEGUR CIA SEGURIDAD S.A Se produce el día uno de Febrero de 2012 con el consiguiente fallo .
FALLO
DESESTIMAMOS EL RECURSO DE SUPLICACIÓN INTERPUESTO POR PROSEGUR C.I.A S.A ,ACORDANDO LA PÉRDIDA DEL DEPÓSITO Y CONDENAMOS AADEMÁS AL PAGO DE LOS HONORARIOS DEL LETRADO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y DEL LETRADO DE M.C.R.D
No les parece que hay más que motivos para que de una vez por todas la empresa PROSEGUR tome ya de una vez las medidas correctoras contra las víctimas y empiece trasladando al compañero JESÚS BENITO TORRES BLASCO DESDE MADRID A SEVILLA ,YA
Así actúa una empresa después de permitir que el individuo de la U.G.T, acose,persiga,discrimine a las víctimas.¿Quienes son los verdaderos responsables de todo esto? y ¿como es posible que el comité en pleno,o casi,esté de acuerdo con la postura de acoso y discriminación por parte del delegado de SEVILLA ,F.D.L.E.G.?
Y si no a ver que opinan sobre la nota informativa emitida por el comité de empresa de SEVILLA ,DE LA MANITA DE LA EMPRESA ,contra el traslado del compañero JESÚS TORRES,por motivos humanitarios.CONTINUAREMOS INFORMANDO SOBRE LA TOTAL DISCRIMINACIÓN CONTR A EL COMPAÑERO JESÚS BENITO TORRES BLASCO POR PARTE DEL COMITÉ DE EMPRESA DE SEVILLA EN CONNIVENCIA CON EL DELEGADO F.D.L.E.G DE PROSEGUR.CONTINUAREMOS INFORMANDO ...........STS-A
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